martes, septiembre 06, 2011

La oposición a la autoridad

Jonathan Morales

Nadie puede permanecer indiferente a la agitación de nuestros tiempos. El año 2011 ha experimentado la irrupción de una oleada de movimientos ciudadanos que en diversas zonas del orbe han planteado sus reivindicaciones sociales, políticas, económicas, entre muchas, a través de marchas, protestas, acampadas urbanas y otras inéditas expresiones. En el país de quien escribe, el movimiento estudiantil y el ambientalista han apuntado a la casi nula participación ciudadana en la toma de decisiones en materia educacional, y de explotación de los recursos naturales para la generación de energía; se ha denunciado además cierta complicidad de las instituciones del Estado para garantizar el lucro de algunos privados1, con bienes que por su naturaleza deben ser asequibles a la colectividad entera, en otras palabras, bienes frente a los cuales debe asegurarse un acceso sin discriminación alguna (étnica, religiosa, socioeconómica, etc.).

Pese a la justicia de buena parte de las demandas, no deja de llamar la atención que para muchos la mera exposición de éstas se convierte sin más, en la manifestación de un espíritu anárquico –muchas veces controlado por fuerzas ideologizadas2– que pretende socavar todos los fundamentos de la paz social en el orden democrático.

Esta visión es defendida por algunos sectores del cristianismo, que ven en todo cuestionamiento más profundo del poder público3 una transgresión a la voluntad divina de que las decisiones de las autoridades sean observadas bajo toda circunstancia. En este marco, varios son los textos bíblicos4 empleados para revestir de un carácter sagrado a esta particular interpretación del deber cristiano. No obstante, si hay uno que se caracteriza por su desarrollo e influencia en la historia del cristianismo es el de la carta de San Pablo a los creyentes de Roma, en su capítulo 13.

“Sométanse todos a las autoridades constituidas, pues no hay autoridad que no provenga de Dios, y las que existen, por Dios han sido constituidas. De modo que, quien se opone a la autoridad, se rebela contra el orden divino, y los rebeldes se atraerán sobre sí mismos la condenación. En efecto, los magistrados no son de temer cuando obra el bien, sino cuando se obra el mal. ¿Quieres no temer la autoridad? Obra el bien, y obtendrás de ella elogios, pues es para ti un servidor de Dios para el bien. Pero, si obras el mal, teme: pues no en vano lleva espada: pues es un servidor de Dios para hacer justicia y castigar al que obra el mal. Por tanto, es preciso someterse, no sólo por temor al castigo, sino también en conciencia. Por eso precisamente pagáis los impuestos, porque son funcionarios de Dios, ocupados asiduamente en ese oficio. Dad a cada cual lo que se debe: a quien impuestos, impuestos; a quien tributo, tributo; a quien respeto, respeto; a quien honor, honor.” Romanos 13, 1-75.

Mucho se ha comentado sobre el lugar que ocupa la parénesis paulina en el marco de la ética cristiana. Hay quienes sostienen que en este lugar se consagra una institución teológica primordial, cual es la soberanía divina. Ésta consiste en “afirmar que toda autoridad detentada por un hombre tiene como fuente la autoridad de Dios, y en este sentido, quien la ejerce lo hace en nombre de la divinidad y bajo su respaldo.”6

A primera vista el mensaje del texto es polémico. Hay que reconocerlo. Una lectura poco cuidadosa lo convierte fácilmente en una exhortación a la pasividad de los gobernados. Según la interpretación que señalamos más arriba, por más que el poder público incurra en un abuso de sus atribuciones, de ninguna forma sería lícito resistir su autoridad sin transgredir el orden divino y hacerse merecedor de una justa retribución. Por un buen tiempo esta visión representó a un amplio sector de la cristiandad, permaneciendo firme sin mayores revisiones7. Sin embargo, hoy en día la lectura desprevenida de la carta del apóstol es especialmente conflictiva con las innumerables experiencias históricas que desde la antigüedad dan cuenta de los atroces resultados que conlleva la sumisión absoluta a un régimen de gobierno.

En nuestra opinión este modo de interpretar Romanos 13 no tiene asidero en el pensamiento de San Pablo, sino más bien constituye la importante arista de una fundamentación religiosa que pretende asegurar cómodas relaciones con los regímenes de turno, sobre la base del literalismo bíblico y una lectura descontextualizada. En efecto, dicha interpretación del texto está bastante reñida con la propia vivencia del apóstol, la iglesia primitiva, y la del mismo Señor. De acuerdo a Herman Ridderbos, en el intento de “explicar esta actitud tan positiva (de obediencia a las autoridades), algunos han recurrido a la favorable experiencia de Pablo con el gobierno romano. Otros han dicho que no habría escrito lo que escribió si hubiera previsto la cercana persecución que Nerón desataría en breve, etc. Pero (…) esta concepción atribuye a Pablo una apreciación optimista ingenua del orden político vigente que no concuerda con lo que él mismo ya había experimentado, ni con lo que desde la muerte de Jesús había sido una y otra vez la experiencia de la iglesia”8.

Entonces ¿Qué sentido podemos dilucidar de las palabras del texto? En este punto seguimos a Wolfgang Schrage, para quien las opiniones de Pablo en el campo de la ética son consecuencia de sus postulados dogmáticos9. Es necesario por tanto “poner las afirmaciones de Romanos 13 en el contexto de toda la epístola e incluso de toda la dogmática paulina.”10 La misma epístola es enfática al señalar que en rigor el cristiano sólo está sometido a la supremacía de Cristo11. En este sentido, según San Pablo los únicos mandamientos que son obligatorios bajo toda circunstancia son los de Dios. Compartimos la posición de Ridderbos al sostener que las palabras del apóstol no cumplen aquí la función de proporcionar criterios en cuanto hasta dónde debe llegar la obligación de obedecer al poder público ni en cuanto a la posibilidad de cambios o revoluciones en el orden existente12. ¿Qué quiere decir por tanto el primer versículo de Romanos 13, al señalar “Sométanse todos a las autoridades constituidas”? Es llamativo apreciar cómo Pablo en ningún momento deja en claro si aquellas autoridades constituidas son efectivamente las romanas13. ¿Quiénes serían? En nuestra opinión el mismo texto ofrece algunas pistas hacia una particular caracterización. Justamente, la autoridad a la que alude el apóstol es “de temer (…) cuando se obra el mal”, es “un servidor de Dios para el bien”, está empeñada en “hacer justicia”, ocupándose “asiduamente en ese oficio”.

Un recorrido panorámico por buena parte de los libros del Nuevo Testamento, pondrá en evidencia la notable influencia de las concepciones griegas en el pensamiento de San Pablo y de muchos escritores de la época apostólica14. Pese a que la tradición no deja dudas sobre formación cultural y religiosa del apóstol en el mundo hebreo, sus cartas autenticadas dan certeza de un amplio dominio en el griego koiné. Es más, de forma similar a “la versión de los ‘setenta’, en su obra pueden observarse escasas expresiones derivadas del hebreo o del arameo. En cambio, son muy particulares los neologismos (en base a categorías del pensamiento griego) creados por Pablo con el fin de expresar la plenitud de su experiencia cristiana.”15 En la misma carta a los romanos, confiesa ser deudor de los griegos.16

Una lectura atenta de Romanos 13 no debe prescindir de la influencia de la ética griega en los primeros capítulos de la carta. En ellos, San Pablo hace “referencia a ley physei, por naturaleza, principio de un derecho natural común a toda la humanidad, de grandes implicaciones dentro de las doctrinas estoicas.”17 Por esta razón no hay referencias claras sobre las limitaciones a la obediencia en el texto en cuestión. No se trata de que no existan, y que por consiguiente se deba sumisión absoluta a las autoridades. Antes existe un telón de fondo dado por los preceptos de un Dios que determina lo justo y lo bueno, que plasma sus leyes en el corazón de los hombres y las hace manifiesta tanto a judíos (a través de una revelación especial al pueblo de Israel) como a gentiles (a través de una revelación general en el orden de la creación18).

Volvamos a la pregunta que nos hiciéramos más arriba. ¿Quiénes son las autoridades constituidas? En su oportunidad señalamos que para algunos, Romanos 13 formula un aspecto de suma trascendencia para el judaísmo y el cristianismo, como lo es la soberanía divina. Dicha doctrina, junto a la convicción de un derecho natural existente, nos permiten iluminar el texto y reconocer en nuestra realidad a las legítimas autoridades. Puesto que no hay autoridad que no provenga de Dios, y las que existen, por Dios han sido constituidas, solo se debe obediencia al poder público que considere su ejercicio a la luz de la justicia de Dios. Según la exposición de San Pablo no basta ejercer el monopolio de la violencia sobre el pueblo para hacerse legítimo titular de la autoridad.

Hoy, en un tiempo de gran conmoción social y clamor popular, el mensaje paulino más que nunca presenta grandes interrogantes. ¿Permitirá una elección representativa, incluso a través de procedimientos constitucionales, acceder sin más a esa legitimidad que solo Dios puede otorgar? Pareciera ser que la respuesta adecuada entre todos aquellos que deseamos ceñirnos a la Biblia como Palabra de Dios debiera ser "no". Sin embargo, solo de un cosa estamos completamente seguros, que la distancia entre esta negación y una fundamentación razonable susceptible de ser presentada en el campo secular -ámbito en que como cristianos nos movemos en el día a día- no será satisfecha ni en el más mínimo margen con una mera repetición de un versículo bíblico. A Dios gracias que grandes cristianos de la historia mundial nos han permitido avanzar en este campo, incluso pese a la tenaz resistencia de sus hermanos pasivamente obedientes y más conservadores.

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  1. Así se ha manifestado contra el G.A.N.E. (Gran Acuerdo Nacional por la Educación) y el F.E. (Fondo por la Educación) en el sentido de que institucionaliza el lucro a través del financiamiento para acceder la Educación Superior. Algo similar se ha visto en las protestas contra las decisiones de diversos organismos de calificación ambiental, en cuya conformación influyen notablemente las preferencias del Poder Ejecutivo, aún existiendo polémicas coincidencias con los intereses empresariales involucrados.
  2. Este fue el caso de un comunicado público del Presidente nacional del Grupo Universitario Águilas Sr. Moisés Pérez Cárdenas, titulado “Sobre Supuesto Movimiento Estudiantil”, en que denuncia como están tras el movimiento el Partido Comunista de Chile y “muchos dirigentes estudiantiles (…) muy fuertemente vinculados a sectores anarquistas y revolucionarios de extrema izquierda (…)” quienes han sido vistos con “banderas de CUBA, rayados del MIR (Movimiento de Izquierda Revolucionaria), FPMR (Frente Patriótico Manuel Rodríguez) (…)” intentando desestabilizar el país “para sacar provecho ideológico de aquello (…)” sin tener “ningún interés cierto por la Educación.”. El comunicado termina con una cita de Romanos 13, 2 “De modo que quien se opone a la autoridad a lo establecido por Dios resiste; y los que resisten acarrean condenación para sí mismos”. COMUNICADO PÚBLICO “Sobre Supuesto Movimiento Estudiantil” Ministerio Evangelístico Águilas [en línea] <http://www.aguilaschile.cl> [Consulta: 03 Septiembre 2011].
  3. Queremos distinguir las demandas por cambios profundos en el sistema, de las protestas por la defensa de una moral conservadora –que los manifestantes identifican con un cristianismo “puro”– tan recurrentes por estos días en Latinoamérica. De todas formas, identificamos aquí una paradoja en la actitud de muchos cristianos que adhieren a estas manifestaciones, para los que es coherente protestar contra el aborto y a favor de la pena de muerte, y denostar de forma absoluta las demandas por justicia social.
  4. San Marcos 12, 13-17; San Pablo a los Romanos 13, 1-7; Primera carta de San Pedro 2, 13-18.
  5. Biblia de Jerusalén. Bibao: Descleé de Brouwer, 1975.
  6. ZAMORANO Aragón, Luis Eduardo. “Raíces judeocristianas del Liberalismo: Breve estudio sobre un antecedente remoto del Constitucionalismo”. Criterio Jurídico No. 3, 2003. p. 189.
  7. Si bien el pensamiento medieval sostuvo en ocasiones la obediencia pasiva al soberano según la tradición de Gregorio Magno, no fue sino hasta el siglo XVI y XVII que dicha doctrina se convirtió en un lugar común. Muchos identifican al Luteranismo político como un gran impulsor del derecho público absolutista –no confundir con el constitucionalismo moderno, cuyo desarrollo en Occidente corre paralelo desde la Reforma Protestante. Hemos dicho en otros lugares que esta visión debe ser matizada por el aporte a la teoría de la autonomía de la voluntad y al contractualismo. MORALES, Jonathan. Luteranismo y los límites del Absolutismo. [en línea] <http://www.revista-rypc.org/2006/05/luteranismo-y-los-limites-del.html> Revista RYPC. 26 de Mayo, 2011 [Consulta: 03 Septiembre 2011] De todas formas, el impacto de la concepción luterana de la obediencia pasiva al poder público se dejó sentir con fuerza hasta el siglo XX., cuando jugará todavía un papel fundamental en la exigencia de sometimiento incondicional al poder público; en virtud de este principio que harán los líderes del régimen nazi a la iglesia luterana, se logrará una adhesión ciega al régimen totalitario. GONZÁLEZ M., A. “Religión y Nacionalismo: La Doctrina luterana de los dos reinos como Teología civil”. Biblioteca de la Caja de Ahorros y M. de P. de Salamanca (1982).
  8. RIDDERBOS, Herman. “El pensamiento del apóstol Pablo”. Grand Rapids, Libros Desafío, 2000. p. 419.
  9. SCHRAGE, Wolfgang. “Ética del Nuevo Testamento”. Salamanca, Ediciones Sígueme, 1987. pp. 200-207.
  10. ZAMORANO Aragón, Luis Eduardo. Op. cit. 192p.
  11. San Pablo a los Romanos 8, 9; 14, 8; 16, 18.
  12. RIDDERBOS, Herman. Op. cit. 422p.
  13. Para RIDDERBOS, “Pablo no piensa en una autoridad u orden vigente determinado, sino que escribe basándose en una convicción profundamente arraigada, que no varía ante los atropellos de un gobierno determinado.” Op. cit. 419p.
  14. No es para sorprenderse que los escritores del cristianismo apostólico emplearan formas literarias griegas a la usanza de los filósofos, tales como la “epístola”, o los praxeis o “hechos”: reunión de actos y pensamientos contados por discípulos de hombres sabios o famosos. DUQUE, Otoniel. “Influencia del cosmopolitismo griego en el pensamiento ecuménico de San Pablo y San Agustín”. [en línea] PRAESENTIA, Revista Venezolana de Estudios Clásicos, No. 9, 2008. <http://vereda.saber.ula.ve/sol/praesentia9/oto.html#_ftn7> [Consulta: 03 Septiembre 2011]
  15. DUQUE, Otoniel. Op. cit.
  16. San Pablo a los Romanos 1, 14.
  17. DUQUE, Otoniel. Op. cit.
  18. MORALES, Manuel David. “Legitimidad de la Revelación General como fuente teológica”. [en línea] <http://www.revista-rypc.org/2011/08/legitimidad-de-la-revelacion-general.html> Revista RYPC. 12 de Agosto, 2011 [Consulta: 03 Septiembre 2011]