jueves, agosto 15, 2019

Deuteronomio y los tratados de vasallaje del Antiguo Cercano Oriente

Publicado en el canal divulgativo: Mosaicos Teológicos | Citación

Deuteronomio y los tratados de vasallaje del Antiguo Cercano Oriente

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Rubén Bernal Pavón

I. Introducción

La palabra Deuteronomio, con la que denominamos al quinto libro del Pentateuco, procede de la Septuaginta y significa segunda (deuteros) ley (nomos). Esta designación tal vez haya surgido tras una mala traducción de 17,18 (en la que no vamos a entrar ahora), o bien puede proceder de la idea que lo considera, como libro, una repetición o actualización de las leyes del corpus Éxodo-Levítico para las nuevas generaciones que tomarían la tierra prometida. Ante esto, ha de señalarse que, Deuteronomio, no pretende ser una ley diferente a la del Sinaí. Eso sí, en cierto sentido es una ampliación, adaptación y exposición frente a la expectativa de entrar a poseer la tierra que YHVH iba a entregarles. En cualquier caso, estamos aquí frente a un libro que tiene un indiscutible propósito legal que queda evidenciado en el Código de la Alianza o el Código de Santidad,1 si bien, se hace mostrar mediante un carácter marcadamente homilético, teniendo a Moisés como autor del discurso. Gracias a su formato de Haggadah, la halaka deuteronomica trasciende lo estrictamente jurídico para ser interiorizada. Así, la Torá no es entendida como una imposición más, sino como la solicitud al compromiso con la voluntad divina. El género literario de Deuteronomio es variado. Como hemos dicho aparece lo legal y también el discurso (homilía) pero asimismo encontramos la narración, un himno, una bendición, poesía, prosa y secciones ceremoniales.

II. Deuteronomio a la luz de los tratados del Antiguo Oriente Próximo

S. N. Kramer enunció que: “Por la precisión de las leyes en ella enunciadas y su excelente estado de conservación, el código de Hammurabi puede considerarse como el documento jurídico más importante de la Antigüedad que se haya descubierto”.2 Sin embargo, y a diferencia de éste, el calado y la importancia vital que ha jugado en las sociedades judeocristianas el libro de Deuteronomio aún prosigue.

Además, por sus características Deuteronomio ha sido, junto a otros textos del Antiguo Testamento, comparado por más de cinco décadas a los antiguos tratados del Antiguo Oriente Próximo.3 Numerosos autores encuentran paralelos tanto textuales como conceptuales entre Deuteronomio y los tratados hititas y asirios.4 Por tanto éstos pueden arrojarnos cierta luz en nuestro acercamiento al último libro del Pentateuco. Kramer lo expresa de la siguiente manera:

Tanto en su forma como en su contenido, los libros de la Biblia guardan parecido con otras obras literarias surgidas en el Próximo Oriente de la mano de anteriores civilizaciones. Ello no disminuye en nada, desde luego, ni su valor ni su alcance, ni el genio de los escritores hebreos que lo compusieron.5

Porter buen divulgador de los conocimientos bíblico-teológicos, precisamente señala que la práctica de codificar las leyes estaba muy extendida en Oriente Próximo y que, en cuanto a importancia, hay siete de estos códigos que nos son muy especialmente relevantes para nosotros en nuestro estudio.6 Se está refiriendo a diversos códigos como el de Ur-Namu, el de Lipitishtar de Isin, el del reino de Eshnunna, el de Hammurabi (todos ellos con los prólogos y epílogos que mencionaremos después) y los posteriores como las leyes de imperio asirio medio, la de los hititas de Asia Menor y las del imperio neobabilónico. Para Porter las coincidencias con el texto bíblico no indican que éste se basase en un código concreto sino que lo natural es que los israelitas conociesen esta habitual codificación de la ley en su contacto con los cananeos, aunque también indica que no se ha descubierto ningún código cananeo.7 Evidentemente, la forma y estructura de Deuteronomio es propia del elenco cultural común de todos estos pueblos.

No obstante, Blázquez y Cabrero indican una especificación, expresan que “Los pactos hebreos tienen un carácter diferente de los de Oriente (Ur-Nammu de Ur y Hammurabi de Babilonia). Están concebidos en una fase de destrucción política y no como la iniciativa de un rey, como los mencionados de Oriente”.8 Mendenhall, especialista relevante en este ámbito y hasta cierto punto un referente, tras estudiar los tratados cuneiformes hititas de Boghazköy (encontrados en 1906) identificó que tanto en Deuteronomio, como en otras secciones veterotestamentarias, éstos tratados aparecían reflejados.9 A juicio de M. G. Kline, quien siguió estas ideas, el libro del Deuteronomio es un documento de renovación de la alianza que mantiene las mismas estructuras que los textos clásicos de vasallaje de la época mosaica.10 Estos tratados establecían las exigencias de lealtad que los vasallos debían a su rey quedando comprometidos al cumplimiento, haciéndose constar las compensaciones y castigos según la fidelidad al mismo.

En el caso del pensamiento israelita proyectado en Deuteronomio, y a diferencia del mesopotámico, la ley emanaba del carácter de Dios que era visto como la fuente de la misma. En este sentido, el legislador no era Moisés (a modo de rey) sino Yahvé, quien al promulgar las leyes se revelaba a sí mismo en un acto que le distinguía de los demás dioses del mundo antiguo.11

Si bien no es mi postura, algunos de los especialistas conservadores (en cuanto a datación no en sentido religioso), que fechan Deuteronomio de manera temprana, basándose en que los tratados hititas se sitúan entre el 2000-1000 a.C. y fijan la datación de Deuteronomio en la época mosaica sobre el 1200 a.C. (en cierto sentido no tendría personalmente problemas en aceptar que un núcleo del mismo así fuese). Por otra parte, los tratados asirios, con bastantes similitudes pero también ciertas e importantes discrepancias con los tratados hititas (aunque según Weinfeld y Frankena se asemejan más al Deuteronomio a pesar de no contar con prólogo histórico),12 pertenecen al siglo VII a.C.

Los estudiosos Blázquez y Cabrero13 se hacen eco de los descubrimientos de Weinfeld en cuanto a estas similitudes y concretan principalmente estas analogías en los discursos programáticos, las bendiciones y las maldiciones, y en las ceremonias seguidas en la fundación de los nuevos establecimientos. Desde estas analogías se llega o se viene a desprender que el Libro de la Ley citado en 2 Reyes es la versión original o primigenia de Deuteronomio. Cabe decir que, según Garbini no se dispone de redacción alguna del Decálogo anterior a la segunda mitad de este mismo siglo (como fecha más antigua) indicando que lógicamente la versión de Deuteronomio, del tiempo de la reforma de Josías, es más antigua que la de Éxodo.14

Sánchez indica que son varios biblistas los que señalan que Dt 4,44- 26,19; 28 sigue de cerca la estructuras de estos tratados de Oriente Próximo.15 Dichos tratados, generalmente presentan una serie de secciones, generalmente seis, que son las que mencionamos a continuación16 aunque tales corresponden a la estructura de los tratados del segundo milenio dado que los del primer milenio varían17:

-Preámbulo o introducción, es la sección en la que el rey presenta el contexto en el que la alianza se establece (en nuestro caso siguiendo la correspondencia con Dt sería Moisés (si bien Dios el auctor primarius de la Ley) y podemos establecer esta sección en 1. 1-5).

-Prólogo o contexto histórico, ésta es la parte en el que se asienta el tratado o la alianza (frecuentemente se presentan aquí las bases por las que el soberano ejercerá su autoridad ante el vasallo). Algunos casos frecuentes que aparecen en los tratados, pueden ser: la conquista a un pueblo vasallo, o que un rey los haya conquistado anteriormente y el nuevo especifique que va a mostrar la misma autoridad, o bien que, el rey haya favorecido al pueblo y solicite su lealtad. Por otra parte en algunos casos se menciona la pasada rebelión del pueblo y en contraste a ésta se demanda como favor bondadoso del rey que se guarde la lealtad.18 Podemos encontrar cierta similitud con nuestro libro canónico en 1,6- 4,49 (si bien existe debate sobre la relación del capítulo 4 con los tres anteriores). La obra de Walton, Matthews y Chavalas indica lo siguiente:

En muchas colecciones de leyes conocidas del antiguo Cercano Oriente, hay un prólogo y un epílogo que explican que esa colección demostrará la sabiduría y justicia del rey. De la misma manera, la sabiduría de Salomón fue evidenciada por cómo él fue capaz de hacer normas y decretos justos. Los reyes del antiguo Cercano Oriente por lo general apelaban a sus colecciones de leyes para convencer a los dioses que eran gobernantes sabios y justos.19

-Estipulaciones generales, se tratan de estipulaciones por las cuales, definidas las partes involucradas y las relaciones entre ambas, se señala el futuro de las relaciones de una forma conectada a su historia y como marco a lo que serán las estipulaciones específicas (que veremos seguidamente). Estas estipulaciones generales se encuentran en nuestro Deuteronomio en los capítulos 5-11. Podemos indicar que éstas comprenden lo que son ideas básicas como: amor, partir/quebrar, temor, seguir sus caminos, servir, guardar y obedecer.

Hasta ahora, de momento, de las seis que enunciábamos solo hemos visto tres secciones distintas, no obstante, estás, atendiendo a nuestro Deuteronomio se han agrupado también en una sola considerando toda la porción 1-11 como prólogo histórico. Esta es la clasificación que sigue E. Sánchez apelando que aquí se recuerda el éxodo y la travesía del desierto y que ello correspondería a la mención de los favores del rey hacia sus súbditos.20

-Estipulaciones específicas, éstas a diferencia de las anteriores, vienen a ser las obligaciones impuestas por el rey a los vasallos. En cuanto a estas estipulaciones en Dt véase 12,1-26,19 (Sánchez precisa mejor solo hasta 26,15). Aquí se especifica más concretamente lo que significa amar, temer y servir a Dios.

-Testigos divinos. En los tratados aparecen los testigos a ojos de quienes se realizan los pactos, éstos generalmente son los dioses que eran invocados para desempeñar este rol testigos por los cuales queda sellado el tratado. Kline identifica estos testigos en cuanto al texto de Deuteronomio con los cielos, la tierra y el himno de Moisés (4,26; 30,19; 31,16-22; 31,28-32,45) lo que en sí es una diferencia con los tratados de Antiguo Oriente.

-Otra sección común en estos tratados eran las Invocaciones de bendiciones y maldiciones a los cumplidores e incumplidores del mismo. Para ver las maldiciones y las bendiciones en el libro de Deuteronomio pueden consultarse los textos de Dt 27-30 (según Craige), Dt 27-28 (según Kline) o sólo Dt 28 (Según Sánchez).

Asimismo encontramos disposiciones sucesorias en 31-34.

Según Kline el documento de la alianza se habría promulgado oralmente21 lo que se evidenciaría por el carácter oral o discursivo de Dt (más adelante hablaremos de ello). Este documento no supondría, según este autor, una contradicción con la parénesis, la cual se encuentra también en los textos del Antiguo Oriente. Además, observa que el relato de la inminente muerte de Moisés en la estructura de la alianza es algo que también se encuentra en algunos tratados del Próximo Oriente Antiguo (también hablaremos cuando llegue el momento de las consecuencias de encasillarse solo en la búsqueda de similitudes y ajustar nuestro Deuteronomio a todos estos aspectos “comunes” sin apreciar singularidades).

Deuteronomio se refiere a sí mismo, o a algunas de sus leyes, como “pacto” o “alianza”, por ejemplo el decálogo es, en Dt 5,2, autodesignado de esa manera y en 29,1-9 adquiere un uso importante al aludir la renovación del Horeb en Moab. Esta autorreferencia es compartida por los documentos de alianza del Antiguo Oriente. Ahora bien, conviene señalar lo que tan agudamente han especificado Blázquez y Cabrero:

El Deuteronomio contiene preceptos morales y disposiciones de carácter social que no tienen parecido fuera de la Biblia. Contiene leyes que obligan a la tutela de la persona, a la salvaguarda de los derechos humanos y a la dignidad del individuo. Defiende a los débiles y a los indefensos, como no se había hecho nunca antes.22

Y añaden:

Las leyes tutelaban los derechos a la tierra de la familia y prohibían el cambio de lugar de los mojones que delimitaban los campos. Salvaguardaban los derechos hereditarios de las viudas y las protegían de las arbitrariedades de los maridos. Cada tres años, los campesinos debían dar al pobre la décima parte de su cosecha. Se prohibía la discriminación de los extranjeros. Los esclavos obtenían la libertad a los seis años de esclavitud.23

Asimismo Deuteronomio contiene otras leyes que limitaban el poder de las clases altas para que no acabasen abusando de la población (Dt 16,18-20), e incluso la figura del rey habría de estar sometida a los preceptos de la Ley (17,15-20).24 La aplicación de estas leyes deuteronómicas en la reforma de Josías supusieron una innovación en la tradición de Próximo Oriente, tal y como expresan I. Finkelstein y N. A. Silberman.25

III. El carácter homilético de Deuteronomio

Tomemos para referirnos a este enunciado la siguiente declaración de Edesio Sánchez:

Los estudiosos dicen que en Deuteronomio no solo se ve la influencia de los tratados de vasallaje en la forma, sino también en los conceptos […] todo ello es idéntico a los tratados de vasallaje.

Sin embargo, tal sugerencia habrá de ser considerada a partir del postulado siguiente: El libro del Deuteronomio no es un tratado legal o documento de alianza en sí, su propósito real es el de explicar la Ley a una nueva generación, y en una nueva situación. Por eso el estilo literario que se manifiesta de inmediato es el homilético.26

También Sánchez advierte que todos los intentos de estructurar Deuteronomio como un tratado de vasallaje acaban en “vuelcos artificiales” que lo alejan de su propósito esencial (a esto nos referíamos antes respecto al énfasis desmesurado de buscar solo similitudes). Su forma homilética, como discurso o sermón de Moisés (lo cual ya de por sí es un poderoso condicionante en cuanto a lo normativo y autoritario del mismo) advierte de su singularidad:

El Deuteronomio tiene la forma de un estudio dirigido a todos los miembros de un ethos, se presenta como libro para ser consultado y leído en público, y representa una función particular de ley dentro de la sociedad israelita y presupone una cierta clase de régimen social y político y de comprensión de la forma de gobierno legal.

El texto ha sido probablemente visto como un documento literario que pretende presentar una sociedad ideal, y no como un documento oficial legal. Su carácter es más típico de la jurisprudencia que de un código.27

Esta forma homilética, como dice un autor fundamentalista, lleva consigo el propósito de que las leyes estén bien explicadas, y que además, calen profundamente en las conciencias de su pueblo de manera que tomen en serio el llamamiento a cumplir la voluntad de Dios.28 El estilo, como advertimos anteriormente, es prominentemente es oral, lo cual es algo casi evidente para el lector menos avispado. Conviene señalar que una de las características propias de un discurso oral es la repetición. En el libro de Deuteronomio se usan sinónimos para transmitir las mismas ideas (como en lo referente a la tierra uno de los temas trasversales).

Podemos hablar con toda tranquilidad de Deuteronomio como una ley “predicada”, y no menos importante es que está expuesta en un momento importante de la historia bíblica; es decir, el pueblo va a tomar posesión de la tierra (de ahí que el sermón por su momento y contenido es apoteósico) y Moisés, el gran líder que lo proclama (que por cierto queda retratado como profeta y su discurso como predicación profética), está a punto de morir como finalmente se narra (luego las últimas palabras y contenido del héroe del pueblo son un acontecimiento digno de preservar). El estilo homilético del libro y el contexto en el que se envuelve, le dan un carácter de apremio el cual se acompaña de imperativos, que incitan y exhortan al comportamiento fiel del pueblo. No se contenta solo con informar u ofrecer la ley, ni disertar o establecer su sentido, sino que mediante la predicación se persuade al pueblo de la necesidad de cumplirla. Por ello es más que un mero documento legal, es un documento vivo en sus formas (predicación de los mandamientos) cuya viveza alcanza al lector contemporáneo. El eco de esta homilía mosaica resuena en el legado cristiano y pese a algunas dificultades, muchos creyentes de nuestro tiempo encuentran motivación ética en su contenido. Precisamente en el sentido motivacional, las estipulaciones de Deuteronomio hacia el pueblo, están impulsadas por razones e incentivos para la obediencia que tienen como base acontecimientos pasados. Aquí hay que incluir el rescate de los israelitas de Egipto, como gesta de Dios (7,8; 9,26; 13,10; 15,15; 21,8; 24,18) y el recuerdo de la esclavitud en este país (5,15; 15,15; 16,12; 24,18.22) e incluso la elección de Israel por parte de Dios (4,37; 7,6.7.8.13; 9,26.29; 10,15; 14, 2; 23,5; 26,18; 28,9; 29,12-13). Por otra parte también se alienta al cumplimiento de la ley desde promesas cuyo alcance está en el futuro. Por ejemplo el carácter de la tierra como herencia (tal y como se ve en 4,21; 15,4; 19,10; 20,16; 21,23; 24,4; 25,19; 26,1). Del mismo modo, otros alicientes prometidos son la paz con los enemigos (12,10; 25,19) y la bendición (12,7; 14,24; 15,6.14; 16,10). Además, por otra parte, el cumplimiento garantiza el aumento de los días de vida (4,26.40; 5,16; 6,2; 11,9; 17,20; 22,7; 25,15) y asimismo vida y prosperidad (4,1; 5,29; 6,24; 8,1; 16,20). Por ultimo también indica que el corte de las promesas pretende el bienestar de Israel (4,40; 5,16.29; 6,3.18; 12,25.28; 22,7).

Al estar Deuteronomio expresado de modo homilético, queda en el aire la pregunta acerca de si, como tal, está pensado o relacionado con un contexto litúrgico (o cultual). Se ha llegado a pensar que los levitas predicarían regularmente su contenido en festivales religiosos bajo instancias no oficiales, pudiendo incluso ser en el contexto de fiesta de los tabernáculos (Dt 31,10).29 Se ha propuesto también la teoría de que el contexto cultual fuese la renovación de la alianza, teoría refutada por Kline.30 Otros especialistas tales como Lohfink31 así como Baulik consideran que la sección comprendida en los capítulos 29 y 30 de Deuteronomio contienen una liturgia de renovación de la alianza. Podemos decir que es verdad que se refrigera de algún modo el sentido de la alianza en el marco del nuevo contexto aunque resulta complicado determinar si en efecto estos eruditos están en lo cierto. Respecto a ello, a juzgar por el número de veces que el término “Hoy” se repite en el texto (62 veces) dando sentido de urgencia a la predicación del contenido, encuentran una justificación a lo que puede ser esta teoría. También la forma en la que se identifica la generación actual con la anterior, como si la actual fuese protagonista de los episodios de sus antecesores, da sensación de revivir, conmemorar una liturgia (recapitulación o anamnesis de actos pasados).

IV. Conclusión

Queda probado no solo el interés por comparar Deuteronomio con los tratados de vasallaje del Antiguo Cercano Oriente, sino lo relevante que es para comprender la estructura que presenta. Deuteronomio tiene elementos que obviamente son comunes con estos tratados de la antigüedad lo que evidencia de alguna forma el contacto e influencia cultural con los pueblos que seguían tales códigos legislativos. Ahora bien, hemos señalado que la búsqueda de estas características compartidas puede eclipsar la singularidad de éste último libro del Pentateuco. Su carácter homilético es altamente significativo, de él resulta que Deuteronomio no sea simplemente un código legal, ni tampoco una mera recapitulación de la ley para darla a una generación posterior, sino un mensaje vivo que cala en el alma y la estimula a la obediencia a Dios, quien, resulta ser el promulgador de la ley (y no un rey o en este caso Moisés). Por otra parte esto no quita que Deuteronomio actualice la ley para un nuevo contexto como era la entrada a la tierra prometida.

Bibliografía citada
  • ARCHER, G. L. Reseña Crítica de una Introducción al Antiguo Testamento (Grand Rapids: Portavoz, 1987).
  • BLÁZQUEZ, J. M. y J. CABRERO; Israel y la Biblia, 1ª ed. (Madrid: Cátedra, 2011).
  • GARBINI, G. Historia e ideología en el Israel antiguo (Barcelona: Bellatierra, 2002).
  • KLINE, M. G. Treaty of the Great King (Grand Rapids: Eerdmans, 1963).
  • KRAMER, S. N. La historia empieza en Sumer. 1ªed (Madrid: Alianza Editorial, 2010).
  • MENDENHALL, G. E. Law and Covenant in Israel and the Ancient Near East (Pittsburg: Biblical Colloquium, 1955).
  • PORTER, J. R. La Biblia, 1ed. (Barcelona: BLUME, 2007).
  • SÁNCHEZ, E. Deuteronomio. En: A. Ropero (Ed. Gral.) Gran Diccionario Enciclopédico de la Biblia, 3ªed. (Viladecavalls: Clie, 2014).
  • WALTON, j. H.; V. H. MATTHEWS y M. W. CHAVALAS; Comentario del Contexto Cultural de la Biblia. Antiguo Testamento. 2ª Ed. (El Paso: Mundo Hispano, 2006).
  • WEINFELD, M. Deuteronomy and the Deuteronomic School (Oxford; OUP, 1972).
  • Si bien no he usado el libro GARCÍA, Félix; Deuteronomio: Una ley predicada, Cuadernos Bíblicos (Estella: Verbo Divino, 1989). Es altamente recomendable para tratar el asunto del enfoque homilético de este libro de la Biblia.

Este artículo fue anteriormente publicado en el sitio web de la Red de Estudios e Investigación Social y Teológica (Marzo, 2017), que actualmente no está operativo.


  1. Blázquez y Cabrero indican que el código de la alianza puede ser premonárquico en relación a la asamblea de Siquem y se le ha asignado al mundo cananeo mientras que el código Deuteronómico puede remontarse a la reforma de Josías pese a los añadidos posexílicos y el código de santidad es de comienzos del destierro aunque según Liverani al corpus legislativo hebreo no se le puede asignar una fecha definitiva. J. M. BLÁZQUEZ; J. CABRERO; Israel y la Biblia, 1ª ed. (Madrid: Cátedra, 2011) p.72.
  2. S. N. KRAMER; La historia empieza en Sumer. 1ªed (Madrid: Alianza Editorial, 2010) p.86.
  3. J. M. BLÁZQUEZ; J. CABRERO; op. cit. p.279.
  4. E. SÁNCHEZ; Deuteronomio, en: A. Ropero (Ed. Gral.) Gran Diccionario Enciclopédico de la Biblia, 3ªed. (Viladecavalls: Clie, 2014).
  5. S. N. KRAMER; op. cit., p.179.
  6. J. R. PORTER; La Biblia, 1ed. (Barcelona: BLUME, 2007) p.63.
  7. J. R. PORTER; Ibid.
  8. J. M. BLÁZQUEZ; J. CABRERO; Israel y la Biblia, 1ª ed. (Madrid: Cátedra, 2011) p.71.
  9. G. E. MENDENHALL; Law and Covenant in Israel and the Ancient Near East (Pittsburg: Biblical Colloquium, 1955) pp.24-50.
  10. M. G. KLINE; Treaty of the Great King (Grand Rapids: Eerdmans, 1963) p.28.
  11. J. H. WALTON; V. H. MATTHEWS y M. W. CHAVALAS; Comentario del Contexto Cultural de la Biblia. Antiguo Testamento. 2ª Ed. (El Paso: Mundo Hispano, 2006) p.185.
  12. La carencia de prólogo puede deberse según el autor a posibles mutilaciones del texto. M. WEINFELD; Deuteronomy and the Deuteronomic School (Oxford; OUP, 1972) p.67.
  13. J. M. BLÁZQUEZ; J. CABRERO; op. cit., p.50.
  14. G. GARBINI; Historia e ideología en el Israel antiguo (Barcelona: Bellatierra, 2002) P.77. cf. p.86-87.
  15. E. SÁNCHEZ; op. cit., p. 606.
  16. Algunos textos también contienen secciones donde figuran detalles respecto a las ceremonias de alianza o normas de ratificación entre otros asuntos puntuales.
  17. G.L. ARCHER; Reseña Crítica de una Introducción al Antiguo Testamento (Grand Rapids: Portavoz, 1987) p.281.
  18. Quizá, es intuición mía, pueda verse similitudes en los códigos éticos sumerios que Kramer cita en su obra. Cf. S. N. KRAMER; op. cit., p.138. Kramer expresa la profunda impronta que la literatura sumeria dejó en los hebreos, y lo apasionante que es descubrir parecidos y paralelismos entre los motivos literarios sumerios y hebreos bíblicos. Cf. p.179. Sin embargo no ejercen sobre los hebreos una influencia directa sino que esta viene dada sobre los cananeos y otros pueblos vecinos: asirios, babilonios, hititas, hurritas y arameos. Cf. p.180.
  19. J. H. WALTON; V. H. MATTHEWS y M. W. CHAVALAS; op. cit., p.184.
  20. E. SÁNCHEZ; loc. cit.
  21. M. G. KLINE; op. cit., p.29.
  22. M. BLÁZQUEZ; J. CABRERO; op. cit., p.51.
  23. M. BLÁZQUEZ; J. CABRERO; op. cit., p.51-52.
  24. M. BLÁZQUEZ; J. CABRERO; op. cit., p.67.
  25. M. BLÁZQUEZ; J. CABRERO; op. cit., p.52.
  26. E. SÁNCHEZ; loc. cit.
  27. M. BLÁZQUEZ; J. CABRERO; op. cit., p.279.
  28. G.L. ARCHER; Reseña Crítica de una Introducción al Antiguo Testamento (Grand Rapids: Portavoz, 1987) p.279.
  29. Así lo sugirió G. VON RAD; Studies in Deuteronomy (Londres; SCM Press, 1953).
  30. M. G. KLINE; op. cit., p.42.
  31. N. LOHFINK; Das Deuteronomium Enstehung, Gestalt und Botschaft (Lovaina: University Press, 1985).
Citación (ISO 690:2010): BERNAL PAVÓN, Rubén. Deuteronomio y los tratados de vasallaje del Antiguo Cercano Oriente [en línea]. Mos. Teol. (Rev. RYPC), 15 agosto 2019. <http://www.revista-rypc.org/2019/08/deuteronomio-y-los-tratados.html> [consulta: ].